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La Ley de Vivienda impondrá recargos del 150% en el IBI a los pisos que estén vacíos dos años

vivienda IBI
Ley de Vivienda.
Nayara Mateo
  • Nayara Mateo
  • Redactora de economía, especializada en el sector inmobiliario, turismo, consumo y distribución. Antes en Expansión, Efe y Brainsre.news.

La Ley de Vivienda, aprobada este jueves en el Congreso de los Diputados, autoriza a los ayuntamientos a aplicar un recargo de hasta el 150% de la cuota líquida del impuesto de bienes inmuebles (IBI) a los propietarios de viviendas que permanezcan vacías más de dos años.

En concreto, la normativa modula el recargo a los inmuebles de uso residencial desocupados en el IBI, que «podrá aplicarse a aquellas viviendas vacías durante más de dos años, con un mínimo de cuatro viviendas por propietario, salvo causas justificadas de desocupación temporal».

La Ley de Vivienda establece un incremento del recargo actualmente situado en el 50% de la cuota líquida del IBI hasta un máximo del 150%, «en función de la duración de la desocupación y del número de viviendas también desocupadas que sean del mismo titular en el término municipal», según reza la normativa.

La ley estrella del Gobierno de coalición -que ha estado paralizada durante más de tres años- añade que con esta medida se pretende que «tenga un mayor efecto en la optimización del uso del parque edificatorio residencial y se refuerce el instrumento de los ayuntamientos para hacer frente a situaciones de vivienda desocupada a través de la fiscalidad».

De esta manera, la Ley de Vivienda pactada por los socios de Gobierno con EH Bildu y ERC pone más trabas a los propietarios que decidan no alquilar su vivienda por miedo a que el inquilino deje de pagar y no pueda echarle de su vivienda durante al menos dos años, especialmente, si la persona es considerada vulnerable.

Además de esto, la normativa prohíbe los desahucios sin fecha y hora predeterminada. También se incluyen nuevas prórrogas en los procedimientos de lanzamiento, que aplazarán los procesos más de dos años, y se estipula el acceso obligatorio a los procedimientos de solución extrajudiciales para las personas vulnerables.

Otras claves

La normativa impone numerosas restricciones a los propietarios, por ejemplo, limita la subida del precio de los alquileres al 2% en 2023 y al 3% en 2024. Mientras que a partir de 2025, el tope a la subida del precio del alquiler variará en función del tipo de contrato y del perfil del casero. En el caso de los pequeños propietarios que cuenten con menos de cinco inmuebles en una zona tensionada, el límite estará marcado por el contrato anterior. Mientras, para los alquileres de los grandes tenedores el tope se establecerá mediante la aplicación del índice de referencia.

La Ley de Vivienda también establece que se considera gran tenedor a los propietarios de diez o más viviendas o una superficie construida de más de 1.500 metros cuadrados, y de cinco o más si los inmuebles están en zona tensionada.

Aprobación de la ley

El Pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado este jueves el proyecto de Ley por el Derecho a la Vivienda con 176 votos a favor y 167 en contra. En concreto, el texto ha contado con el voto a favor de PSOE, Unidas Podemos, Esquerra Republicana (ERC), Bildu, Más País, Compromís, el PRC y Teruel Existe, mientras que el BNG se ha abstenido.

En contra se han situado el PP, Vox, Ciudadanos, Foro Asturias, el PNV, Junts, PDeCAT, la CUP y Coalición Canaria, que ha alegado que la ley supone una invasión de competencias del Estado hacia las comunidades autónomas.

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